Ring, ring, ring: el recordatorio de hacer reajuste del precio de arriendo suena y nuestro cerebro prefiere ver videos en YouTube. No caigas en la tentación: aprende a reajustar según IPC (y UF), realiza el cálculo ahora y prémiate con una sesión de videos de gatos después.
De granos de arena está hecho el desierto: aunque el reajuste luzca como un cambio pequeño en la renta mes a mes, con el tiempo puede hacer una diferencia.
Sigue nuestras instrucciones y tacha de tu lista de tareas esta labor.
¿Cómo calcular el reajuste de un arriendo según el IPC?
- Ingresa a la calculadora de IPC* del sitio web del Instituto Nacional de Estadísticas.
- Selecciona el período de inicio del cálculo
- Elige el fin del período
- Ingresa el monto de arriendo.
Luego haz click en “Calcular” y disfruta de la maravilla de la tecnología: ¡ya tienes la respuesta!
La calculadora de IPC te indica cuánto ha variado el Índice de Precios al Consumidor entre los períodos que ingresaste y, además, cuánto es el valor reajustado de tu arriendo.
*Una aclaración: la calculadora de IPC del Instituto Nacional de Estadísticas es una herramienta que ellos ponen a disposición del público. Nosotros no tenemos relación alguna con ella... sólo nos encanta.
¿Cómo calcular el reajuste de arriendo según la UF?
Esto lo explicamos en otro artículo de nuestro blog -puedes leerlo completo en este enlace- así que vamos a extraer la explicación de allí.
“Muchos contratos de arriendo establecen el reajuste de acuerdo a la Unidad de Fomento (UF). Para que esa variación sea más gradual para el arrendatario, se pueden definir períodos en que el precio del arriendo se “congela” en su equivalente en pesos y cada cierto tiempo se reajusta y vuelve a quedar al día con el valor de la UF”.
Esa es una forma simple de calcular reajuste según UF:
- Transformar el precio inicial a su costo en la UF en el momento en que se fijó ese precio.
- Revisar a cuánto equivale la UF al momento del reajuste.
Volvemos a auto-citarnos:
“Por ejemplo, un arriendo que comienza en enero de 2021 por $300.000, lo que equivale a 10,32 UF.
Si se reajusta cada tres meses, ese valor queda congelado en $300.000 durante enero, febrero y marzo de 2021.
A principios de abril habría que recalcularlo, allí se revisa cuánto son 10,32 UF en abril de ese año, lo que equivale a $303.366. Esa operación se debe hacer cada tres meses”.
¡Estamos listos! Aquí te dejamos la sesión de videos de gatos prometida:
La información, opiniones, comentarios y cualquier otro texto aquí contenido han sido incluidos para meros fines educativos y referenciales y bajo ningún concepto constituyen asesoría legal, financiera o de cualquier otro tipo. Cada usuario deberá contratar las asesorías que estime pertinente para el análisis de su caso particular.